miércoles, 16 de marzo de 2011

Donald Ignacio Mendoza (2)

Donald Ignacio Mendoza (2)

Acotaciones sobre el Pronunciamiento de los 7 Ex EPS, del 15-3-2011

El día ayer quince de marzo, unos ex militares, sacaron un pronunciamiento, con todo el derecho que les da la constitución Política de la República de Nicaragua, que es rescatada con el Triunfo Revolucionario del 19 de Julio de 1979, bajo la conducción del FSLN, y guiada por el Comandante Carlos Fonseca, inspirada en el General de Hombres Libre Augusto Calderón Sandino, y todos los caídos por la liberación de Nicaragua.

El referido, está lleno de confusiones abogadiles, y de inconsistencias jurídicas, Como las siguientes:

Entre otras cosas escriben

La pretendida resolución espuria de la Corte Suprema de Justicia es ilegal, inexistente e inmoral.

Una aclaración de esta afirmación antojadiza

Aplicando la Pirámide estructural Jurídica , de acuerdo al Derecho Hermenéutico o la hermenéutica jurídica, tendríamos que la CSJ, es la última escala o sea la cúspide de la pirámide jurídica, por lo tanto todas sus sentencias son legales, de acuerdo a los diferentes procesos penales o civiles que se recurren ante esta última instancia y los que la ley permite, basado en esta normas prudenciales y jurídicas El Ciudadano José Daniel Ortega S y un grupo de Ciudadadanos todos de Nicaragua por la ley y la Constitución Política, recurrieron de amparo ante esta instancia, la que de acuerdo al debido proceso normativo tiempo y forma, fallo los estados Modernos, se dividen; en Poderes, algunos como el de Nicaragua, tienen El Ejecutivo, El Legislativo, El Judicial.

Lo que nace de la legalidad es legal, por ser legal los poderes que conforman el Estado de la República de Nicaragua, es legal lo que de ella emane, las sentencias que dictare la CSJ, serán de ineludible cumplimiento. Por lo tanto la sentencia de la CSJ de Octubre 2009, es Legal, no fue recurrida por nadie, cualquier ciudadano pudo haber recurrido de amparo de acuerdo a la ley 40 sobre los recursos de amparo, nadie lo hizo, y esta sentencia quedo firme.

Otro de sus argumentos

Se expone en la declaración de principios constitucionales que: “Cualquier Intento de menoscabo de los derechos atenta contra la vida del Pueblo. Es nuestro deber preservar y defender estos derechos “.

Esto dicen los siete renunciantes.

Analicemos, el fondo:

Dicen que la candidatura de Daniel Ortega S, atenta contra la vida del Pueblo.

Están insinuando o dirigiendo un mensaje subliminal, de otra lucha armada, o que se alzaran en las montañas, en contra del orden institucional y constitucional, estos siete ex miembros del glorioso EPS, deberían de repensar bien lo que quisieron decir, o que mensaje quieren dirigir, me pregunto están hablando de clandestina de, infiltraciones, conspiración y sus consecuencias, las autoridades debe levantar un expediente de estos siete ciudadanos ya que se constituyen en incitadores a subvertir el orden institucional, y desde ya se les deberia abrir causa penal de oficio, los delitos dice el nuevo código son proseguibles de Oficio

Todos los firmante, tienen derecho de pensar por ellos no por los demás, en Nicaragua hay más de 375 mil hombres que pasaron por las FFAARR de Julio 1979' a Agosto 1992., esto está comprendido en Reservistas, Milicianos Servicio Militar Patriótico, Oficiales Clases Soldados y Personal Civil que integro la estructura orgánica del Ejército Popular Sandinista, en su gran mayoría los que ya pasan de los 55 años y mas la mayoría está con el FSLN y su candidato Daniel Ortega S, Pronto demostraremos con garra y musculo que estamos a las últimas consecuencias con Daniel Ortega El FSLN y Su proyecto Social, hasta aquí por el momento.

Viva la legal Candidatura de Daniel Ortega S

Donald Ignacio Mendoza Garcia

Comandante 31